Guía rápida para solicitar y obtener – nacionalidad española

Guia rapida para solicitar y obtener nacionalidad española

Abogado para extranjería e inmigración

Nacionalidad española” – SU ABOGADO ESPECIALISTA es un despacho de abogados de Murcia, con sedes en Alicante, Cartagena y Elche, que cuenta con bufetes de abogados especialistas en el resto de España.

En nuestro despacho contamos con abogados especialistas en nacionalidad española y extranjería, que le asesoraran si tiene cualquier problema relacionado con la solicitud de la nacionalidad española y su tramitación.

Evite que su expediente tenga problemas y sea denegado.

Si usted es un extranjero y quiere obtener o conseguir la nacionalidad española, siga esta guía rápida con las CUESTIONES BÁSICAS QUE DEBERÍA SABER:

¿Qué requisitos necesito para obtener la nacionalidad española?

En este artículo intentaremos con unas sencillas preguntas aclarar las dudas más frecuentes en torno al procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia, realizado por nuestro abogado especialista en nacionalidad de Murcia:

¿Dónde esta regulado el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad?

El Real Decreto que regula el procedimiento para adquirir la nacionalidad española es el Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia.

El mismo fue publicado el 7 de noviembre de 2015 en el «Boletín Oficial del Estado» y entró en vigor el día siguiente de su publicación

¿Quién puede adquirir la nacionalidad española?

El Ministro de Justicia concederá la nacionalidad española por residencia a aquellos extranjeros que, a través del procedimiento regulado en el reglamento, acrediten haber residido legalmente en España durante los plazos y con los requisitos establecidos en el Código Civil.

¿Qué exámenes debo realizar?

Una de las principales novedades introducidas por el Real Decreto 1004/2015, fue la preceptiva realización de exámenes. Dichos exámenes son realizados por el Instituto Cervantes y son dos: el CCSE (prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales de España) y el DELE (dominio de del idioma español, únicamente para los solicitantes que provengan de un país cuyo idioma no sea el español)

¿Tengo que realizar siempre y en todo caso dichas pruebas?

Con carácter general la respuesta es sí, aunque con excepciones.

El Ministerio de Justicia dispone de un impreso para solicitar la dispensa de las pruebas DELE Y CCSE, que puede tener su fundamento en varios motivos:

  1. No saber leer ni escribir español
  2. Dificultades de aprendizaje: Solicitantes mayores de 70 años, solicitantes con un porcentaje superior al 65% de discapacidad.
  3. Solicitantes que hayan cursado de Educación secundaria obligatoria en España.
  4. Solicitantes titulados en estudios oficiales de nivel medio o superior.

¿Cuánto tiempo debo llevar residiendo es España para solicitar la nacionalidad?

Con carácter general se necesitan diez años de residencia legal, continuada antes de presentar la solicitud.

Existen casos en que dicho periodo es menor:

* Cinco años: para la concesión de la nacionalidad española para las personas que fueron refugiadas.

* Dos años: para las personas provenientes de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí.

* Un año para:
1. El nacido en España.
2. El que no ejercito el derecho a adquirir la nacionalidad española por opción.
3. El que ha estado sujeto a tutela , guarda o acogimiento de un español o institución española durante dos años seguidos, incluso si continua en la misma situación en el momento de la solicitud.
4. El que lleve un año casado con un español o española y no haya separado del mismo.
5. El viudo o viuda de española o español, si en el momento de la muerte seguían juntos
6. El nacido fuera de España de padre o madre, (nacidos también fuera de España), abuelo o abuela, siempre que todos ellos originariamente hubieran sido españoles.

¿Qué ocurre si tengo antecedentes penales?

Se exige buena conducta cívica para la concesión de la nacionalidad española, esta “buena conducta” suele verificarse con el certificado de antecedentes penales, que debe aportarse junto con la solicitud de nacionalidad, tanto del país de origen como de España.

Si tienes antecedentes penales no es una buena idea iniciar el procedimiento.

La buena noticia es que dichos antecedentes son cancelables y, transcurridos los plazos legales se puede proceder a su cancelación.

¿Debo contar con contrato de trabajo?

El contrato de trabajo no es uno de los requisitos exigidos para solicitar la nacionalidad española, sí lo es sin embargo para solicitar ciertos tipos de autorizaciones de residencia temporales.

¿Debo traer documentos de mi país de origen?

Los documentos exigidos del país de origen del solicitantes son
documentos necesarios y obligatorios para poder cursar la solicitud.

Existen verdaderos problemas para obtener dicha documentación especialmente de algunos países, pero siempre se puede contar con la ayuda del Consulado del país del solicitante en España, que tramitan la obtención de dichos certificados.

Verdaderamente son muy pocos los documentos que se exigen del país de origen: certificado de nacimiento y certificado de antecedentes penales (y certificado de matrimonio, en su caso). Los documentos deben traducirse y apostillarse.

Una vez que obtengo toda la documentación ¿Cómo debo presentar la solicitud?

Es importante planificar la presentación de la solicitud, ya que, los certificados tienen un plazo de validez habitualmente de 3 meses.

Es importantes realizar ordenadamente el trámite para que no se tengan que pedir nuevamente.

El orden que aconsejamos siempre en SU ABOGADO ESPECIALISTA es realizar en primer lugar los exámenes (o solicitud de dispensa), en segundo lugar solicitar la documentación al país de origen y por último la documentación
española.

La solicitud se presenta por vía telemática, debe presentarse toda la documentación junto con la solicitud y la tasa pagada (102 euros).

¿Puede solicitar la nacionalidad un menor de edad?

Por supuesto que sí, dependiendo de la edad debe recabarse además la siguiente documentación:
* Si es menor de 14 años debe recabarse previamente Autorización del encargado del Registro Civil del domicilio del menor.
* Si es mayor de 14 años: Certificado de centro de formación, residencia o acogida que acredite el suficiente grado de integración.
La solicitud se realizará por sus padres o representantes legales.

¿Cuánto tardan el resolver la solicitud?

No puede asegurarse con exactitud el tiempo que tardan en resolver el expediente.

Es verdad que legalmente se establece que el procedimiento deberá ser resuelto y notificado en el plazo máximo de un año desde de que la solicitud haya tenido entrada en la Dirección General de los Registros y del Notariado.

Desde que entró en funcionamiento el procedimiento desde la
aplicación electrónica es bastante más rápido ya que va directamente al registro civil central (y no pasa por el registro civil que corresponda por residencia para su posterior remisión al Central), con ello se agiliza bastante el proceso.

¿Qué puedo hacer si no me resuelven la solicitud transcurrido dicho plazo?

Las solicitudes que fueron presentadas en el registro civil del
domicilio del solicitante, incluso las presentadas a través de ventanillas únicas tras la implantación del nuevo procedimiento,
suelen tardar mucho más en ser resueltas.

Existen diversas maneras de intentar dar impulso a los expedientes, aunque el más efectivo es la presentación de un escrito de queja dirigido a la dirección general de los registros y del notariado.

Una vez concedida la nacionalidad ¿Qué pasos debo seguir?

Cuando recibamos la resolución debemos acudir dentro de los 180 días siguientes a la notificación al registro civil del domicilio del solicitante y pedir cita para el juramento o promesa.

A dicha cita deberá acudir con la Resolución y los originales todos los documento que se presentaron en su momento (en caso de solicitud electrónica), junto con el pasaporte y el NIE.

¿Qué debo hacer si me deniegan la solicitud?

Contra la resolución que deniega la solicitud de nacionalidad puede interponerse recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de los Registros y del Notariado en el plazo de un mes o si se prefiere dentro de los dos meses siguiente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.

Si interpuesto recurso de reposición, no nos contestan, el recurso se entenderá desestimado por silencio administrativo y podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de seis meses.

¿Debo renunciar a mi nacionalidad?

Con carácter general sí, para adquirir la nacionalidad española debe renunciarse a la de origen, aunque existen excepciones que son los que tienen la nacionalidad de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal y los sefardíes.

¿Ya ha solicitado la nacionalidad española?

Consulte en cualquier momento el estado de su expediente en el siguiente enlace: ministerio de justicia


Si lo prefiere puede contactar con nosotros y le asesoraremos durante todo el proceso somo abogados especialistas en nacionalidad española.

9 comentarios de “Guía rápida para solicitar y obtener – nacionalidad española

  1. Manuel Patricio paredes Quintuña dice:

    Okok

  2. Rizwan dice:

    He crecido en España desde que cuando tinea 16 años de edad y hasta ahora nunca ido a mí país en éste caso Nesesito certificado de antecedentes penales ?

    • Su Abogado Especialista dice:

      Buenos días,

      Efectivamente necesitará el certificado de antecedentes penales, es un requisito imprescindible en cualquier circunstancia si se ha nacido fuera de España.

      Un saludo del equipo de Su Abogado especialista.

  3. Jenny Victoria Tello Carbo dice:

    A mi me interesa obtener la nacionalidad española,tengo 20 años acá que tengo que hacer

  4. Sasha dice:

    Buenos días yo soy Argentina llevo más de 10 años aquí en España. Obtuve el permiso de residencia por mi hijo al ser de hijo español y al renovar la segunda vez cuando metí los papeles me quede sin trabajo porque la señora que cuidaba se murió y me los denegaron.. Que tendría que hacer ahora para poder tener permiso de residencia

  5. Moahamed dice:

    Buenas días, quiero presentar el solicitud de la nacionalidad española de la primera vez y tengo más 10 años en España con residencia contenía está hora gracias

  6. Franklin dice:

    Cuántos años devo estar aki para tener solicitar la nacionalidad

  7. Segundo chicaiza dice:

    Buenas tardes yo e recibido la nacionalidad española en el mes de diciembre del 2019 quiero dar la nacionalidad a mis dos hijas menores de edad si se puede o no

  8. Victor dice:

    me interesaría solicitar la nacionalidad x la pandemia no puedo

Los comentarios están cerrados.